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Preguntas frecuentes

Encuentra respuestas claras sobre el servicio público de aseo.

RESUELVE TUS DUDAS

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Sí. Puedes solicitarlo presentando alguno de estos documentos: factura de acueducto sin consumo, factura de energía con consumo igual o inferior a 50 kWh al mes, acta de inspección ocular del inmueble o carta de suspensión del servicio de acueducto por
mutuo acuerdo.

Las tarifas del servicio se calculan con base en la Resolución CRA 720 de 2015, que define la metodología aplicable para prestadores de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores.

Las peticiones, quejas, reclamos y recursos deben responderse dentro de los 15 días hábiles siguientes a su presentación, de acuerdo con el artículo 158 de la Ley 142 de 1994.

Puedes hacerlo por nuestros canales telefónicos, presenciales o virtuales. Ten a la mano el número de cuenta contrato, tu documento, nombre completo, teléfono, dirección de correspondencia, dirección del lugar donde ocurrió la novedad y una descripción breve de lo sucedido.

En el correo de confirmación te indicamos el plazo aplicable según tu solicitud.